Antes de conceder un préstamo al empleado en Estonia, comprueba si la sociedad puede prestar a esa persona. Un contrato laboral no elimina la prohibición si el empleado también es administrador de la propia sociedad. En un préstamo permitido hay que valorar el interés y el posible beneficio en especie. Un interés reducido puede generar impuestos aunque se devuelva todo el principal.
Corregido el 5 de octubre de 2026: la versión anterior presentaba erróneamente el préstamo a un administrador de la propia sociedad como una operación permitida. Esta guía distingue ahora la prohibición legal de la fiscalidad de los préstamos permitidos a empleados.
Un expediente sólido une la aprobación, el contrato, la transferencia bancaria, el cálculo de intereses y el registro de devoluciones. Esta guía sigue el préstamo desde el primer pago hasta el anexo 4 de TSD e incluye un ejemplo de 12.000 euros sin interés, con valoración mensual del beneficio de intereses. El ejemplo se limita a un empleado al que no se aplica ninguna prohibición y no sirve para prestar a un administrador de la propia sociedad.
Comprueba la prohibición de prestar antes del pago
El artículo 159.1.4 del Código de Comercio prohíbe a una OÜ prestar a sus propios administradores, miembros del consejo de supervisión o apoderados con procura (prokurist). El artículo 281.1.4 establece la misma prohibición para una AS. También se aplica si el administrador tiene, además, un contrato laboral con la sociedad.
Comprueba también la participación del empleado: una OÜ no puede prestar a un socio persona física con más del 5% de su capital; para una AS, el umbral es superior al 1%. Ambos artículos también restringen los préstamos a socios o accionistas de la matriz y los destinados a adquirir participaciones o acciones de la propia prestamista. Las excepciones para operaciones dentro de un grupo no permiten prestar a un administrador de la propia sociedad.
El préstamo que incumple la prohibición es nulo (artículos 159.4 y 281.4). Ni la aprobación de los socios, ni el interés de mercado, ni el pago de impuestos subsanan esa nulidad. La sociedad tampoco puede garantizar el préstamo de su propio administrador; las reglas se extienden a operaciones de crédito económicamente equivalentes (apartados 3 y 5 de ambos artículos). Si el dinero ya se ha entregado, deben evaluarse por separado su restitución y las posibles consecuencias fiscales.
La definición de empleado del artículo 48 de la Ley del Impuesto sobre la Renta incluye a miembros de órganos de administración y control, pero delimita la tributación, no autoriza el préstamo. El cálculo que sigue corresponde únicamente a préstamos a empleados a los que no se aplican las prohibiciones del Código de Comercio.
El contrato debe definir principal, moneda, fecha de disposición, calendario de devolución, tipo y método de cálculo del interés, vencimientos, garantías y mora. Entrega el dinero por banco y utiliza una cuenta separada para el crédito. Si el socio presta a la empresa, el flujo es inverso y no nace este beneficio en especie por préstamo al empleado.
Compara el interés en cada fecha de vencimiento
La guía de EMTA sobre préstamos compara el tipo contractual con el de mercado cuando vence el interés. Si el tipo de mercado de un préstamo comparable es inferior al doble del tipo de refinanciación principal del Banco Central Europeo, puede utilizarse ese tipo menor si está respaldado. Si el mercado exige más, cobrar como mínimo el doble del tipo oficial evita el beneficio según esta regla de referencia.
El tipo oficial cambia el 1 de enero y el 1 de julio. Para vencimientos entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2026, la referencia duplicada es el 4,80% anual (2 × 2,40%). No lo fijes para toda la vida del préstamo: archiva el tipo y la fuente de cada vencimiento. Si el contrato no exige pagar intereses durante el año, la comprobación anual debe realizarse, como tarde, en diciembre.
- Conserva comparables si aplicas un tipo de mercado inferior a la referencia duplicada.
- Calcula la diferencia solo sobre el principal pendiente y los días o meses del vencimiento.
- Actualiza el cuadro tras cada devolución, nueva disposición o modificación contractual.
Calcula un préstamo sin interés de 12.000 euros
La empresa entrega 12.000 euros el 1 de septiembre de 2026 a un empleado al que no se aplica ninguna de las prohibiciones anteriores. No es administrador, miembro del consejo de supervisión, apoderado con procura ni socio sujeto a la prohibición. El contrato fija un 0% y el ejemplo valora el beneficio de intereses cada mes. Para septiembre se aplica el 4,80% anual y no hay pruebas de un tipo de mercado inferior. El beneficio mensual es 12.000 euros × 4,80% ÷ 12 = 48 euros.
El impuesto sobre la renta es 48 euros × 22/78 = 13,54 euros. La cotización social es el 33% del beneficio más dicho impuesto: (48 euros + 13,54 euros) × 33% = 20,31 euros. El coste fiscal total para la empresa es 33,85 euros ese mes. El método sigue la guía de EMTA sobre beneficios en especie; aplica los redondeos de la declaración y del sistema contable.
| Cálculo de septiembre de 2026 | Fórmula | Importe |
|---|---|---|
| Interés no cobrado / beneficio | 12.000 euros × 4,80% ÷ 12 | 48 euros |
| Impuesto sobre la renta | 48 euros × 22/78 | 13,54 euros |
| Cotización social | (48 euros + 13,54 euros) × 33% | 20,31 euros |
| Impuestos de la empresa | 13,54 euros + 20,31 euros | 33,85 euros |
Concilia el anexo 4 de TSD con el saldo del préstamo
En el anexo 4 de TSD, el código 4060 recoge el beneficio imponible, el 4061 el interés a valor de mercado y el 4062 el interés calculado al tipo contractual. El ejemplo de declaración de EMTA aplica la misma lógica con un tipo histórico. Presenta y paga antes del día 10 del mes siguiente. El mes fiscal es el del vencimiento del interés, no el mes en que el contable descubre el contrato.
Concilia cada mes principal inicial, nuevas disposiciones, devoluciones y saldo final. Una cuota vencida no convierte automáticamente todo el principal en beneficio, pero la condonación o una entrega encubierta de fondos constituye otro hecho fiscal. Cancela el crédito solo cuando el banco, el acuerdo aprobado y el mayor contable coincidan.
- Actualiza el principal pendiente y el interés vencido del periodo.
- Archiva la referencia o prueba de mercado y calcula la diferencia.
- Registra el beneficio y los impuestos; completa los códigos 4060–4062 del anexo 4.
- Separa la siguiente devolución entre principal e interés contractual y concíliala con el banco.
Primero compruebo si el préstamo está permitido y qué funciones tiene el prestatario en la sociedad. Después concilio el contrato, la prueba del tipo, el cálculo y TSD. Una hoja preparada al cierre anual no corrige con fiabilidad un registro que ignoró devoluciones y cambios del tipo oficial.
Descarta primero cualquier préstamo prohibido por ley. Para un préstamo permitido al empleado, acuerda las condiciones antes del pago, controla las devoluciones y calcula y declara el beneficio de intereses a tiempo. El cálculo fiscal no sustituye la comprobación legal.
Si tu empresa valora un préstamo permitido a un empleado, envía su función en la sociedad y las condiciones previstas mediante el formulario de contacto de AccRes para revisar el tratamiento fiscal antes de transferir el dinero.